Marco Legal y Parámetros de Cálculo
Fundamento jurídico y operativo utilizado por el sistema para calcular automáticamente la hora ordinaria diurna, las horas extras, los recargos legales y demás conceptos laborales conforme al Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 2101 de 2021, la Ley 2466 de 2025, la Circular Externa 0101 de 2025 del Ministerio del Trabajo y demás normas concordantes.
Esta ventana no funciona como un módulo de configuración y pasa a convertirse en el módulo oficial de consulta de los parámetros legales y técnicos utilizados por el sistema para realizar todos los cálculos laborales.
Toda la información presentada constituye los parámetros internos utilizados por el motor de cálculo de la aplicación y es únicamente de consulta.
Ningún dato de esta pantalla puede ser modificado por el usuario.
Sección 1 · Parámetros legales de la Hora Ordinaria Diurna
Bloque 1 · Determinación de la base salarial
El sistema determina primero cuáles conceptos registrados al empleado constituyen salario y cuáles no, para establecer la base con la que se calcula el valor de la hora ordinaria diurna.
| Concepto |
|---|
| Salario base |
| Bono fijo salarial |
| Concepto |
|---|
| Auxilio de transporte |
| Auxilio de conectividad |
| Bono no salarial pactado entre las partes |
| Viáticos no constitutivos de salario |
Los recargos, las horas extras y los demás valores calculados por la aplicación no hacen parte de la base salarial utilizada para calcular la hora ordinaria, ya que precisamente son el resultado del cálculo realizado por el sistema.
- Artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo: define qué pagos constituyen salario.
- Artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo: define los pagos que no constituyen salario.
- Ley 2466 de 2025: mantiene estas reglas para la determinación del salario base.
Bloque 2 · Determinación de la jornada legal y del divisor salarial
El sistema utiliza automáticamente la vigencia correspondiente según la fecha registrada en cada jornada laboral. El usuario nunca selecciona manualmente la vigencia.
A. Jornada máxima legal vigente
Vigencias establecidas por la Ley 2101 de 2021.
| Vigencia | Jornada semanal |
|---|---|
| Hasta el 14 de julio de 2023 | 48 horas |
| Del 15 de julio de 2023 al 14 de julio de 2024 | 47 horas |
| Del 15 de julio de 2024 al 14 de julio de 2025 | 46 horas |
| Del 15 de julio de 2025 al 14 de julio de 2026 | 44 horas |
| Desde el 15 de julio de 2026Vigente | 42 horas |
El sistema identifica automáticamente cuál jornada máxima legal corresponde aplicar según la fecha de la jornada registrada por el usuario, garantizando que todos los cálculos históricos respeten la legislación vigente para cada período.
- Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Ley 2101 de 2021.
- Ley 2466 de 2025.
B. Horas máximas legales de trabajo
Límite máximo de horas laborables permitido por la legislación para cada período de vigencia.
- 1Identificar la jornada máxima legal vigente (ejemplo: 42 horas semanales).
- 2Obtener la jornada diaria promedio dividiendo la jornada semanal entre los siete (7) días calendario que conforman la semana. Este cálculo distribuye la jornada semanal sobre los siete días calendario y permite establecer el promedio diario utilizado para determinar las horas máximas legales mensuales.
- 3Multiplicar el resultado por treinta (30) días para obtener las horas máximas legales de trabajo correspondientes a un mes.
| Jornada semanal | Jornada diaria promedio | Horas máximas legales al mes |
|---|---|---|
| 48 horas | 6,8571 | 205,71 |
| 47 horas | 6,7143 | 201,43 |
| 46 horas | 6,5714 | 197,14 |
| 44 horas | 6,2857 | 188,57 |
| 42 horasVigente | 6,0000 | 180,00 |
Nota: estas horas representan el máximo legal de trabajo permitido para cada vigencia y son diferentes del divisor salarial utilizado para calcular el valor de la Hora Ordinaria Diurna. El sistema conserva internamente este valor por vigencia para futuros cálculos.
- Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Ley 2101 de 2021.
- Ley 2466 de 2025.
C. Divisor salarial para calcular la Hora Ordinaria Diurna
Valor utilizado por el sistema para calcular el valor de la Hora Ordinaria Diurna.
- 1Identificar la jornada máxima legal vigente (ejemplo: 42 horas semanales).
- 2Obtener la jornada diaria remunerada dividiendo la jornada semanal entre seis (6) días laborables. Este procedimiento incorpora el descanso semanal obligatorio remunerado regulado por el artículo 172 del Código Sustantivo del Trabajo y corresponde a la metodología utilizada por el Ministerio del Trabajo para determinar el divisor salarial.
- 3Multiplicar el resultado por treinta (30) días. El salario mensual remunera treinta (30) días, conforme al artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo, criterio utilizado para obtener el divisor mensual empleado en el cálculo de la Hora Ordinaria Diurna.
| Jornada semanal | Jornada diaria remunerada | Divisor salarial mensual |
|---|---|---|
| 48 horas | 8,0000 | 240 |
| 47 horas | 7,8333 | 235 |
| 46 horas | 7,6667 | 230 |
| 44 horas | 7,3333 | 220 |
| 42 horasVigente | 7,0000 | 210 |
- Artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Artículo 172 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Ley 2101 de 2021.
- Ley 2466 de 2025.
- Circular Externa 0101 de 2025 del Ministerio del Trabajo.
D. Resumen comparativo
Parámetros utilizados por el motor de cálculo del sistema.
| Vigencia | Jornada semanal | Horas máximas legales/mes | Divisor salarial |
|---|---|---|---|
| Hasta el 14 de julio de 2023 | 48 | 205,71 | 240 |
| Del 15 de julio de 2023 al 14 de julio de 2024 | 47 | 201,43 | 235 |
| Del 15 de julio de 2024 al 14 de julio de 2025 | 46 | 197,14 | 230 |
| Del 15 de julio de 2025 al 14 de julio de 2026 | 44 | 188,57 | 220 |
| Desde el 15 de julio de 2026Vigente | 42 | 180,00 | 210 |
Nota: las Horas máximas legales de trabajo representan el límite máximo de horas laborables permitido por la legislación para cada vigencia. El Divisor salarial corresponde al valor utilizado por el sistema para calcular automáticamente el valor de la Hora Ordinaria Diurna, conforme a la metodología prevista en la Circular Externa 0101 de 2025 del Ministerio del Trabajo y las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo.
Bloque 3 · Cálculo de la Hora Ordinaria Diurna
Fórmula aplicada automáticamente por el motor de cálculo.
El divisor utilizado depende automáticamente de la fecha registrada para la jornada laboral. Si una jornada cruza el inicio de una nueva vigencia, el sistema divide internamente el cálculo y aplica a cada tramo el divisor que le corresponde, sin alterar la visualización del registro.
| Dato | Valor |
|---|---|
| Base salarial mensual | $ 2.100.000 |
| Fecha de la jornada | 10 de julio de 2026 |
| Vigencia aplicable | 44 horas semanales · divisor 220 |
| Valor hora ordinaria diurna | $ 2.100.000 ÷ 220 = $ 9.545 |
| Fecha de la jornada | 20 de julio de 2026 |
| Vigencia aplicable | 42 horas semanales · divisor 210 |
| Valor hora ordinaria diurna | $ 2.100.000 ÷ 210 = $ 10.000 |
- Artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Ley 2101 de 2021.
- Ley 2466 de 2025.
- Circular Externa 0101 de 2025 del Ministerio del Trabajo.
Sección 2 · Parámetros legales de recargos y horas extras
Información únicamente de consulta. Los porcentajes son los mínimos legales aplicados por el motor de cálculo.
| Concepto | Recargo mínimo legal | Total pagado | Artículo del CST | Norma vigente | Fundamento legal |
|---|---|---|---|---|---|
| Hora ordinaria diurna | 0 % | 100 % | Art. 158 y 161 CST | Ley 2101 de 2021 · Ley 2466 de 2025 | Jornada ordinaria diurna (06:00 – 19:00). Base de cálculo de todos los recargos. |
| Recargo nocturno | 35 % | 135 % | Art. 168 CST | Ley 2466 de 2025 | Trabajo nocturno entre las 19:00 y las 06:00 del día siguiente. |
| Recargo diurno dominical/festivo | 75 % | 175 % | Art. 179 CST | Ley 2466 de 2025 | Trabajo en domingo o festivo en jornada diurna. |
| Recargo nocturno dominical/festivo | 110 % | 210 % | Art. 168 y 179 CST | Ley 2466 de 2025 | Acumulación del recargo dominical (75 %) y del recargo nocturno (35 %). |
| Hora extra diurna | 25 % | 125 % | Art. 168 CST | Ley 2466 de 2025 | Trabajo suplementario en jornada diurna, superada la jornada diaria. |
| Hora extra nocturna | 75 % | 175 % | Art. 168 CST | Ley 2466 de 2025 | Trabajo suplementario en jornada nocturna. |
| Hora extra diurna dominical/festivo | 100 % | 200 % | Art. 179 CST | Ley 2466 de 2025 | Trabajo suplementario diurno en domingo o festivo (75 % + 25 %). |
| Hora extra nocturna dominical/festivo | 150 % | 250 % | Art. 168 y 179 CST | Ley 2466 de 2025 | Trabajo suplementario nocturno en domingo o festivo (75 % + 75 %). |
Sección 3 · Turnos de trabajo
Estos horarios corresponden a los turnos operativos definidos por Millicom Tigo para efectos de la gestión de la jornada laboral dentro de esta aplicación y sirven como referencia para el registro de turnos. No modifican la jornada máxima legal establecida por la legislación laboral.